¿Trabajas en mas de una empresa? - Esto es lo que debes hacer en SUNAT si estas en planilla



Si trabajas para dos empresas y estás planilla debes cumplir con obligaciones, y las empresas para las que trabajas también la tienen contigo. SUNAT te da las pautas para abordar este tema con ambos empleadores.

Informa: Comunica al empleador que te pague la mayor remuneración a través de una declaración jurada que incluya información con los datos de otros empleadores y el detalle de la remuneración que te paga cada uno de ellos.
De esta manera, el empleador que paga la mayor remuneración acumulará el monto de las remuneraciones pagadas por los otros empleadores, calculará y retendrá mensualmente el impuesto a la renta –quinta categoría- considerando la suma acumulada.

A tus demás empleadores entrega una copia del cargo de la declaración jurada que hayas presentado al que paga la mayor remuneración.
Si alguna de tus remuneraciones varía debes comunicar también esa variación para que considere el cambio al calcular la retención del impuesto a la renta de ese mes y los siguientes.
Obligaciones del empleador que paga la mayor remuneración

Acumula el total de las remuneraciones pagadas por empleadores en cada mes, una vez que el trabajador te presente la declaración jurada. Calcula y retén el impuesto a la renta –quinta categoría- considerando la suma acumulada de las remuneraciones.
No olvides considerar la comunicación de variación de remuneraciones que te entregue el trabajador para retener el impuesto a la renta cada mes.
Obligaciones del empleador que paga la menor remuneración

Cuando te entregue la copia de la declaración jurada del que paga la mayor remuneración, dejarás de retener hasta que cese la situación de tu trabajador de tener más de un empleador.
Entregar al trabajador el certificado de remuneraciones y retenciones correspondiente, antes del primero de marzo del año inmediato siguiente a ejercicio anual en que hiciste las retenciones acumuladas.

Para mayor información sobre la determinación y cálculo de las retenciones por Rentas de Quinta Categoría, los trabajadores también se pueden comunicar a los números 0-801-12-100 (teléfono fijo) y 315-0730 (desde celulares) o acercarse a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT ubicados en todo el paí

Fuente: SUNAT


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